Esta Ley hace importante modificaciones a la Ley 136 de 1994. Ahora que se avecina en los entes territoriales la presentación al Concejo Municipal del Proyecto de presupuesto para la vigencia 2013, es bueno que los Corporados le hagan un estudio para no entrar en errores.
Con relación a las funciones de los municipios, le dio gran importancia a las JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL y por ello las administraciones municipales deben celebrar convenios solidarios con ellas para el desarrollo conjunto de programas y actividades de su competencia e interés, de acuerdo al Plan de Desarrollo, de igual forma con las organizaciones civiles y asociaciones que existan en el municipio. De allí se desprende la importancia del PRESUPUESTO PARTICIPATIVO, proceso que abandera el municipio de Medellín en sus comunas y que fue una de las propuestas del Partido Liberal en la campaña a la alcaldía anterior en Santa Bárbara.
Por lo expuesto, estas organizaciones comunales, tienen una reconocida importancia en la organización del territorio y en el desarrollo de sus comunidades: Algunas obligaciones que tiene la administración es la de elaborar los planes y programas anuales de fortalecimiento, con la correspondiente afectación presupuestal de los organismos de acción comunal, organizaciones civiles y asociaciones, concertando sus necesidades. Celebrar convenios de uso de bienes públicos y/o de usufructo comunitario con las Juntas de Acción Comunal; Los convenios solidarios son para la construcción de obras, la satisfacción de las necesidades básicas y aspiraciones de las comunidades con las Juntas de Acción Comunal y tienen que ejecutarse las obras con personal de la misma comunidad.
Esta ley ha incorporado herramientas que permiten la inclusión efectiva de la comunidad en la gestión del desarrollo local. Es obligación de la administración el hacer un uso correcto de éstas herramientas de forma tal que empodere a las comunidades, fortalezca las organizaciones, dinamice la economía, permita la eficiencia en la inversión social y facilite el control ciudadano. Actividades a las cuales haremos un control político en aras de verificar su cumplimiento.
No hay comentarios:
Publicar un comentario